30 de abril de 2015

La UE y el derecho a la vida de los otros. Una historia reciente de falacias e hipocresias

alrevés y alderecho, Blog colectivo sobre Derechos Humanos

Javier de Lucas

Deberes universales y primarios ante derechos humanos elementales
Los muertos en la madrugada del 19 de abril no son, obviamente, los primeros (basta con consultar, por ejemplo, este mapa). Ya no son tampoco los últimos. Pero su impacto sobre la opinión pública ha promovido tal debate que debiera permitirnos aprender algo. Creo que la lección más importante que hemos extraer de lo sucedido en la semana escasa transcurrida entre del naufragio –uno más- que supuso la muerte de más de 800 personas en el canal de Sicilia, en la madrugada del sábado al domingo 19 de abril y las reacciones de la UE (reunión de los Ministros de Interior y exteriores en Luxemburgo el lunes 20 de abril; cumbre extraordinaria celebrada en Bruselas el jueves 23 de abril), es que aquellos a los que seguimos llamando “líderes europeos”, no valoran como prioritario el derecho a la vida. No, al menos, cuando se trata de la vida de los otros.
Sé que a algunos puede parecerles una conclusión exagerada, demagógica. No lo pienso así. Trato de hablar desde una perspectiva elemental en Derecho y en política, la que impone como objetivo básico y criterio de juicio de la legitimidad el respeto de los derechos humanos. De esos que decimos, con razón, que son universales y de cuya defensa ha hecho santo y seña la Unión Europea. Hablamos de derechos humanos. ¿Hay un derecho humano más elemental que el derecho a la vida? En mi opinión, sólo el derecho a la libertad, a la autonomía, es más importante. Pero el derecho a la vida es condición del reconocimiento de todos los demás derechos. Que un derecho sea universal significa, a la par, que es reconocido a todos los seres humanos y que obliga universalmente. El derecho a la vida, obviamente, lo es. Como lo es también el derecho de asilo, según hemos tratado de recordar, con ACNUR en este mismo blog.
 Pues bien, más de doscientos años después de las primeras declaraciones de derechos, hoy no podemos seguir sosteniendo prácticas estatales que ratifican que esa distinción entre derechos del hombre y derechos del ciudadanos significa que no existen otros derechos que los derechos de los ciudadanos, cuya garantía compete a sus propios Estados. Ya no podemos mantener que a un Estado sólo le obligan los derechos humanos de sus ciudadanos. También le vinculan –tiene obligaciones- respecto a los derechos humanos, como el derecho a la vida y el derecho de asilo, de todos los seres humanos que se hayan bajo el alcance de su soberanía. Y no por razones morales, insisto.continuar leyendo

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